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Despido colectivo (ERE): qué derechos tienes como trabajador afectado

Un ERE extintivo afecta a varios trabajadores a la vez y sigue un procedimiento distinto al de un despido individual. Aunque haya acuerdo con los representantes de los trabajadores, tú conservas derechos propios que puedes hacer valer.

¿Qué es un despido colectivo?

Es la extinción de contratos que afecta, en un periodo de 90 días, a un número de trabajadores que supera determinados umbrales legales (que varían según el tamaño de la plantilla), basada en causas económicas, técnicas, organizativas o de producción. A diferencia del despido objetivo individual, exige un periodo de consultas previo con los representantes de los trabajadores (comité de empresa, delegados de personal o comisión negociadora ad hoc).

Qué debe garantizarte el procedimiento

¿Puedes impugnar tu despido aunque haya acuerdo con el comité?

Sí. Que exista un acuerdo colectivo con los representantes no significa que tu despido individual sea intocable. Puedes impugnarlo si consideras que no cumplías realmente los criterios de selección pactados, si hay indicios de que se te ha discriminado o represaliado, o si el procedimiento colectivo en su conjunto presenta irregularidades graves.

Dato importante: el plazo para impugnar individualmente tu inclusión en el ERE es el mismo que en cualquier despido: 20 días hábiles desde que se te notifica la extinción de tu contrato.

Así te lo resolvemos nosotros

Revisamos la documentación del ERE (comunicación, criterios de selección, acuerdo si lo hay) y tu situación concreta dentro de la plantilla, para valorar si tu inclusión fue correcta y si la indemnización que te ofrecen es la que legalmente te corresponde. Te representamos tanto en la vía individual como, si procede, coordinándonos con otros afectados.

Antes de nada, puedes hacerte una idea de la cantidad con nuestra calculadora de indemnización por despido: en un minuto estima lo que te corresponde según tu salario y tu antigüedad.

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