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Me lesioné la espalda cargando peso sin formación ni ayuda: qué indemnización te corresponde

Cajas, sacos, mobiliario, palés... Si te has hecho daño en la espalda moviendo peso en el trabajo, y nadie te formó en cómo hacerlo ni te dio ayuda o medios mecánicos, no es solo "gajes del oficio": es un riesgo que la empresa debía haber controlado.

Las lesiones de espalda por manipulación manual de cargas son de las lesiones laborales más comunes y, a la vez, de las que más se infravaloran. Una lumbalgia, una hernia discal o una contractura severa pueden dejarte de baja semanas o meses, y en los casos más graves, con secuelas permanentes que afectan a tu capacidad para volver a tu puesto.

¿Qué debía haber hecho la empresa?

La normativa de prevención de riesgos laborales obliga a evaluar el riesgo de manipulación manual de cargas y, en función de ello, a formar a los trabajadores en técnicas de manejo seguro, proporcionar ayudas mecánicas (carretillas, transpaletas, elevadores) cuando el peso o la repetición lo justifiquen, y organizar el trabajo para evitar sobreesfuerzos (turnos, rotación, ayuda entre compañeros). Si nada de esto se hizo y te lesionaste cargando peso, hay un incumplimiento claro que puede dar derecho a una indemnización adicional.

Qué puedes reclamar

Algo que mucha gente no sabe: no hace falta que el peso fuera "extremo". Cargas repetitivas de peso moderado, sin formación ni pausas, también se consideran un riesgo mal gestionado si generan una lesión acumulativa.

Qué dice la normativa sobre la manipulación de cargas

El Real Decreto 487/1997 regula la manipulación manual de cargas que entrañe riesgos, en particular dorsolumbares. Entre otras cosas, obliga al empresario a:

Cómo demostrar que fue un accidente de trabajo

Si la lesión se produce durante el tiempo y en el lugar de trabajo, la ley presume, salvo prueba en contrario, que es un accidente de trabajo (art. 156.3 de la Ley General de la Seguridad Social). Además, una dolencia de espalda que ya tuvieras y que se agrave a raíz del accidente también puede considerarse laboral. Aun así, conviene reunir desde el primer día:

Acude al médico cuanto antes y cuéntale que la molestia viene del trabajo: cuanto antes quede reflejada la lesión, más fácil es relacionarla con el puesto.

Así te lo resolvemos nosotros

Analizamos tu puesto de trabajo, qué formación (si alguna) recibiste, qué medios tenías disponibles y qué dice tu informe médico. Con esa información valoramos si hay recargo de prestaciones que reclamar, si procede una indemnización por daños y perjuicios, y si tus secuelas justifican iniciar un expediente de incapacidad permanente. Nos encargamos de toda la tramitación, desde la reclamación inicial hasta, si hace falta, el Juzgado de lo Social.

¿Te lesionaste la espalda cargando peso en el trabajo?

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